Resumen del Artículo Disposición adicional sexta

Artículo Disposición adicional sexta del Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León. (codigo) — Disposición adicional sexta. Bienes Culturales. Las referencias hechas en esta Ley a los Bienes de Interés Cultural se entenderán hechas igualmente a los bienes incluidos en el Inventario de Bienes de Patrimonio Cultural de Castilla y León.

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo Disposición adicional sextaDisposición adicional sexta

Disposición adicional sexta. Bienes Culturales.

Las referencias hechas en esta Ley a los Bienes de Interés Cultural se entenderán hechas igualmente a los bienes incluidos en el Inventario de Bienes de Patrimonio Cultural de Castilla y León.

Norma publicada: 8 de abril de 1999

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición adicional sexta

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